El Código tiene la intención de contribuir al desarrollo del potencial ético de la persona como investigador o investigadora, y como miembro de una comunidad, haciendo énfasis en la construcción de una conciencia Tecnológica en los ámbitos de salud Y alimentación.
En
consecuencia, se incorpora el principio de RESPONSABILIDAD como un principio,
ya que compete a todos los actores que participan en el proceso científico,
suscita efectos en la conciencia y favorece la aplicación de aquellos cuatro
grandes principios ampliamente reconocidos y validados en el ámbito
internacional. De esta manera, el vínculo entre los miembros del equipo de investigación
y las personas sujetos de estudio se plantea como una relación de aliados.
A estos cinco principios se incorporó el de Precaución, el
cual es fundamental en el análisis de riesgo, también contemplado en la seguridad. Además de estos principios, se asumen las premisas filosóficas
contenidas en declaraciones universales muy conocidas:
• Se
reconoce la necesidad de experimentación e investigación clínica, pero se
sostiene que el progreso tecnologico no es motivo suficiente para justificar
cualquier tipo de experimento.
• La tecnologia en general, y la investigación y experimentación en particular, no
tienen valor absoluto, sino que se ponen al servicio de la persona y de la
sociedad.
•
El respeto a los derechos humanos y el bienestar de la persona sujeto de
investigación deben prevalecer siempre sobre los intereses de la ciencia.
Se considera que el investigador o la investigadora es
responsable de sus actos y de las consecuencias que éstos generen.
Por consiguiente, debe justificar lo que va a hacer,
explicar y razonar sus planteamientos y suministrar información sobre sus avances y hallazgos, así como
también se propone a la persona sujeto de estudio, asumir con responsabilidad
su papel, siguiendo las pautas que sólo él puede cumplir. Estas consideraciones
facilitarán posteriormente el establecimiento de pautas para mejorar los
procedimientos de evaluación de los proyectos de investigación y el seguimiento
de los mismos.
La
No Maleficencia es la consideración más elemental cuando se reflexiona sobre
los comportamientos deseables del ser humano. Este principio establece que es
inaceptable la realización de proyectos de investigación cuando se presuma la
posibilidad de daño para cualquier forma de vida, impactos desfavorables en el
ambiente y cualquiera.
Consiste en reconocer y aplicar el criterio de equidad
proporcionando las oportunidades que le corresponden a cada sujeto de estudio.
Este principio requiere que:
• Toda
decisión que afecte a los sujetos de investigación debe tener la previsión de
evitar discriminaciones de cualquier índole; por lo tanto, debe practicarse la imparcialidad
en todo momento.
•
El bien de la persona, sujeto de estudio, se entiende dentro de un contexto y
sentido colectivo, facilitando la justa ponderación entre el bien personal del
individuo y el interés o beneficio de la colectividad.
En el mismo espíritu de fraternidad y solidaridad humana, se
estimula a la persona y a las comunidades a hacer el bien. Como la beneficencia
es un ideal moral y no una obligación en sentido estricto, ocupa un puesto de
honor en la vida humana.
La experimentación con humanos, animales y otros organismos
vivos, sólo podrá realizarse legítimamente para mejorar la calidad de vida de
los sujetos de estudio y de la sociedad presente y futura, en proporción con el
riesgo calculado que entendida la salud humana desde una perspectiva integral,
es decir, como el bienestar físico, psicológico, social, cultural y espiritual
Será la búsqueda de una mejor comprensión de la etiología y los procesos
sucesivos que caracterizan los estados enfermizos, a fin de mejorar las
acciones para la promoción de la salud, prevención de la enfermedad y los
procedimientos diagnósticos y terapéuticos.
El propósito de la investigación en ecosistemas
o sobre materiales extraídos del ambiente será obtener mejoras para la calidad
de vida de sus componentes.
• La
dignidad de la persona es un valor inalienable, expresado en el respeto por su
integridad física y psicológica, el reconocimiento de sus derechos y el respeto
por los objetos y logros que le pertenecen, por ello su relevancia trasciende
los fines de cualquier investigación.
• La
investigación con humanos sólo podrá realizarse con el consentimiento previo y
libre de la persona, el cual debe estar fundamentado en una información suficiente,
veraz y comprendida por el sujeto. En el caso de personas que no estén aptas
para comprender y consentir, es necesario solicitar dicho consentimiento a sus
representantes legales.
Este
principio plantea que la incertidumbre sobre los riesgos potenciales que una
investigación pueda acarrear al ambiente, la salud o cualquier otro aspecto de
la vida y sus diversas formas, es un argumento suficientemente válido para
adoptar medidas preventivas en circunstancias de incertidumbre científica. El
principio de Precaución indica que en caso de incertidumbre acerca del nivel
del riesgo, se tratará de subsanar esa incertidumbre solicitando información
adicional sobre los asuntos específicos motivo de preocupación o poniendo en
práctica estrategias de gestión de riesgo apropiadas, y/o vigilando el medio
ambiente receptor de un determinado organismo, sus derivados o productos que lo
contengan.
Si durante la ejecución del proyecto, bien sea con seres vivos
o el ambiente, se establece que los riesgos no son compensados por los
beneficios, éste se debe interrumpir, aún cuando se hayan realizado previamente
todas las
evaluaciones de riesgo-beneficio. Ponderación de
los principios bioéticosSucede con cierta frecuencia que la aplicación de los principios
bioéticos genera conflictos como, por ejemplo, la incompatibilidad que a veces
surge entre el principio de beneficencia y el de autonomía.
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